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Conozca sus derechos para la expansión acelerada de la deportación

Enero 22, 2025
  • Conozca sus Derechos

El Departamento de Seguridad Nacional amplió el uso de un proceso llamado “deportación acelerada”. Los miembros de la comunidad indocumentada ahora corren un mayor riesgo de ser detenidos y sometidos a un proceso de deportación acelerada sin derecho a comparecer ante un juez de inmigración ni a defender su caso. Estos cambios entran en vigor de inmediato (a partir de las 6:21 p. m. del 2025 de enero de XNUMX). Las personas deben ejercer sus derechos existentes y seguir los pasos necesarios para protegerse a sí mismas y a sus familias.

¿Qué es la expulsión acelerada?
Cuando el ICE o la CBP arrestan a una persona dentro de los Estados Unidos (en lugar de en la frontera), la persona generalmente tiene la oportunidad de ver a un juez de inmigración antes de ser deportada. La “deportación acelerada” permite al gobierno deportar rápidamente a alguien que se cree que es indocumentado, sin siquiera ver a un juez. La única excepción es si la persona dice que tiene miedo de regresar a su país y pasa una entrevista de detección de miedo, lo que podría permitirle solicitar asilo..

¿Qué cambió?
Anteriormente, el ICE y la CBP solo podían utilizar la deportación acelerada contra personas que se encontraban a menos de 100 millas de la frontera y dentro de los 14 días posteriores a su llegada. Ahora, el gobierno puede utilizar la deportación acelerada en cualquier parte del país contra cualquier persona indocumentada que 1) no haya ingresado con libertad condicional o visa; y b) no pueda demostrar que ha estado en los EE. UU. de manera continua durante dos años antes del arresto.

¿Qué pueden hacer los miembros de la comunidad para prepararse?

  • Recuerde sus derechos a permanecer en silencio, no abrir la puerta y no responder preguntas de ICE o CBP. Más
  • Lleve consigo evidencia de haber estado en los EE. UU. durante más de dos años, como correo que recibió en su domicilio con un matasellos, un contrato de alquiler firmado, registros de la iglesia o escuela con su dirección, etc. Es posible que desee llevar copias consigo para no correr el riesgo de perder los originales.
  • No lleve consigo documentos de identificación extranjeros, como un pasaporte extranjero, ya que estos documentos podrían usarse en su contra.
  • Lleve consigo pruebas de su estatus legal en los Estados Unidos, si las tiene. Si tiene una solicitud de asilo pendiente u otro caso o apelación en un tribunal de inmigración, lleve consigo pruebas de ello. (Nota: Creemos que la deportación acelerada no debería aplicarse a ninguna persona que haya ingresado con libertad condicional o visa, pero no podemos estar seguros de cómo el DHS intentará aplicar esta regla; alentamos a quienes ingresaron con libertad condicional o visa a que lleven consigo pruebas de esa entrada).
  • Si lo están deteniendo en custodia de inmigración y tiene miedo de regresar a su país de origen, manifieste ese miedo en voz alta y clara en cada oportunidad que tenga.
  • Pida hablar con un abogado y no firme ningún documento sin consultar antes con un abogado.